Tipificación del feminicidio

32.- Michoacán, 20 diciembre 2013

31.- Baja California Sur, 29 noviembre 2013. Aprobado en pleno del congreso local. No es vigente pues fue vetado por el gobernador del Estado el 28 de enero de 2014. 

30.- Sonora, 12 noviembre 2013 aprobado, publicado el 28 de noviembre de 2013

29.- Nayarit, 29 septiembre 2013

28.- Nuevo León, 28 mayo 2013

27.- Hidalgo, 26 marzo 2013

26.- Querétaro, 14 marzo 2013

25.- Aguas Calientes, 7 febrero 2013

24.- Puebla, 6 noviembre 2012

23.- Coahuila, 24 octubre 2012

22.- Guerrero, 7 septiembre 2012

21.- Yucatán, 11 septiembre 2012

20.- Zacatecas, 4 agosto 2012

19.- Jalisco, 14 agosto 2012

18.- Oaxaca, 9 agosto 2012

17.- Campeche, 20 julio 2012

16.- Baja California, 5 junio 2012

15.- Quintana Roo, 17 mayo 2012

14.- Sinaloa, 29 marzo 2012

13.- Tabasco, 8 marzo 2012

12.- Tlaxcala, 1 marzo 2012

11.- Durango, 29 noviembre 2011

10.- Chiapas, 18 noviembre 2011

9.- Colima, 26 agosto 2011

8.- Veracruz, 24 agosto 2011

7.- San Luis Potosí, 23 julio 2011

6.- Distrito Federal, 29 junio 2011

5.- Morelos, 24 junio 2011

4.- Tamaulipas, 21 junio 2011

3.- Guanajuato, 6 mayo 2011

2.- Estado de México, 18 marzo 2011

1.- Chihuahua, 23 octubre 2010.

Notas:

La CNDH considera como tipificación del feminicidio la forma en que está calificado el homicidio de una persona, cuando es del sexo femenino en el Estado de Chihuahua.

Guerrero fue el primer Estado en contemplar el Feminicidio como un delito. El 26 diciembre 2007, lo tipificó en Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, estatal. El 7 de septiembre de 2012, Guerrero reformó el Código Penal, para incluir  el tipo penal Feminicidio.

En el Código Penal Federal, 30 noviembre 2011

Iniciativas en Sonora:

Diputado José Lorenzo Villegas Vázquez, Partido Nueva Alianza, 7 de mayo 2013

Diputada Hilda Alcira Chang Valenzuela, Partido de la Revolución Democrática, 9 de mayo 2013

5 comentarios en “Tipificación del feminicidio

  1. Pingback: Organizaciones femeninas unen esfuerzos contra la violencia de género | Habitus Político

  2. Me doy cuenta del esfuerzo tan grande por parar o disminuir la incidencia de las muertes de mujeres y tambien el trabajo en la prevencion vigilando a la autoridad de procuracion de justicia en la persecucion de delitos como violencia intrafamiliar, desaparicion forzada, entre otros que termina por desgracia en Feminicidios si no tienenel debido seguimiento. Sin embargo observo ya que soy funcionaria publica que a los aparatos de procuracin de justicia no traducen la perspectiva de genenro y no aplican los protocolos especializados en la materia por ignorancia, apatia e indiferencia, ya que la ley y protocolos no se traducen en actos concretos de autoridad en las integraciones de las AV PREVIAS, en consecuencia no se sustentan los argumentos juridicos y probatorios en la consigancion de delitos cometidos en agravio de mujeres y eso se traduce en impunidad……tengo algunos proyectos que me gustaria compartir con ustedes al respecto….

    • Hola, quisiera saber a qué hace referencia lo siguiente: ´´Chihuahua, 23 octubre 2010´´
      ya que a la fecha, el feminicidio no ha sido tipificado en Chihuahua.

      • Fue cuando se estableció un agravante en el homicidio de una mujer por el solo hecho de ser mujer; no está tipificado, pero esta manera incrementa la sanción del agresor sin tener que comprobar que se dio por razones de odio

Deja un comentario